«Arriskuan eredu sozial osoa dago; hori da benetako krisia»
2022.URTEKO HITZARMENA / CONVENIO COLECTICO 2022
2010/03/26
2010/03/13
El comité informa (viernes, 12 de marzo)
Como os decíamos en la nota anterior, ante las peticiones del comité, la empresa quedo en contestarnos sobre como afectarían al ERE las nuevas contrataciones.
Pues bien, la contestación fue de total indefinición por parte de la empresa. Por una parte nos dice que este viernes se levanta el ERE a todos los trabajadores y trabajadoras, pero deja en duda la futura aplicación o no del ERE.
La postura de la empresa es que irán analizando la necesidad de aplicación del ERE en cada momento y además, dice que los directores o responsables de cada departamento definirán qué trabajadores o trabajadoras sobran o no tienen trabajo, de forma que se les aplicará el ERE o se les mandará a cubrir trabajos de mano de obra directa en fabricación.
Como comité, mantenemos la postura que os decíamos en la nota anterior . Desde el momento que hay contrataciones ,no vemos compatible el que se contrate gente y a su vez, se aplique el ERE , es decir que otros trabajadores y trabajadoras estén consumiendo su paro.
El hecho que plantea la empresa de pasar a mano de obra directa, personal de estructura o mano de obra indirecta es un tema con el que cada vez que se habla de contrataciones o no y de aplicación del ERE, la empresa amenaza continuamente.
El pasar personal a mano de obra directa es lo suficientemente serio como para hablarlo con todos los datos encima de la mesa y no como algo que se aplica según la decisión momentanea de un director de departamento. Por lo tanto, es la empresa la que tiene que demostrar la no necesidad de esos puestos de trabajo y la que debe garantizar los derechos de esos trabajadores y trabajadoras. Cuando lo haga ya daremos nuestra opinión y definiremos nuestra postura.
Pero, además, dicho esto, nos extraña que la empresa quiera justificar algún sobrante de personal en indirectos o estructura basándose en el bajón de trabajo de Mercedes. A día de hoy, nos preguntamos si con los niveles de ocupación tan elevados ¿la estructura solo se dedica a mercedes?. Creemos que no, y es más, cada vez Volskwagen precisa de más estructura y se desvían muchos trabajadores a ese proyecto.
Por lo tanto, exigimos que por una parte la empresa no aplique el ERE a ningún trabajador y trabajadora. Y por otra, que si está pensando en directizar trabajadores y trabajadoras, no lo haga a la tremenda bajo la opinión arbitraria de un director de turno. Estos son temas que hay que hablarlos caso a caso, valorando la necesidad real o no del puesto de trabajo a desaparecer , y sobre todo, valorando el perfil de la persona afectada.
Para terminar, os diremos que esperamos que funcione la lógica y que no se aplique el ERE. En caso contrario el comité tomará las medidas oportunas, bien sea, acudiendo a Delegación de Trabajo o mediante la acción sindical.Abadiño, 12 de marzo
2010/03/04
EL COMITÉ INFORMA-Martxoak 4
El pasado lunes, ante los rumores de nuevas contrataciones, que a día de hoy ya se han dado, el comité pide una reunión con la empresa. Dicha reunión se ha dado hoy y en ella hemos pedido toda la información sobre los contratos realizados y si está previsto contratar más gente y para cuanto tiempo. La respuesta de la empresa ha sido que por el momento serán contratadas 8 personas y probablemente, las próximas semanas se puedan contratar más, pero esto último han querido dejar claro que no esta confirmado. La duración inicial de estos contratos sera de 3 meses, en este periodo la empresa estima que se aclarará la carga de trabajo que pueda haber de aquí a finales de año y decidirá la duración de la prorroga de los contratos en función de esa carga. Los primeros trabajadores y trabajadoras que han sido llamados son, por una parte, un trabajador y una trabajadora que estaban en excedencia y por otra, aquellos y aquellas que salieron los últimos, antes de que se les acabara el contrato y con un compromiso por escrito de que serían los primeros en ser llamados. Ante esta nueva situación la petición que hacemos desde el comité se centra en dos puntos: 1. Desde el momento que hay contrataciones debería levantar el ERE, no vemos compatible el que se contrate gente y a su vez, otros trabajadores y trabajadoras esten consumiendo su paro. De hecho pensamos que ya esta semana, teniendo previsto contratar gente ya ningún trabajador o trabajadora tendría que haber estado de ERE. 2. La segunda petición es que se realizen los contratos de relevo a todos los trabajadores que teniendo derecho a ello así lo soliciten. Ya no vale el argumento de que no hay eventuales. Respecto al ERE, la empresa nos dice que responderá definitivamente el día 10, miércoles de la semana que viene. El comité deja claro que desde el momento que hay contrataciones no se debería aplicar dicho ERE. Respecto a los contratos de relevo, nos dice que si los van a hacer, tal y como pone en el convenio, y de hecho ya han comenzado los trámites para hacer el que estaba pendiente. Por lo tanto, a partir del día 10, cuando tengamos más información os iremos informando. A parte de todo lo anterior, también se ha hablado de otros temas, como la falta de rigor de la empresa a la hora de hacer los cambios de calendario y el trastorno que supone a la plantilla afectada, la no publicación de algunos calendarios anuales o la tardanza en cerrar el tema de categorías y su puesta en marcha oficialmente.Abadiño, martxoak 4
2010/02/23
2010/02/12
Lan erreformak salatzeko, mobilizaziora deitu du gehiengo sindikalak
Gehiengo sindikalak (ELA, LAB, ESK, STEE-EILAS, EHNE eta Hiru) mobilizazioak iragarri ditu martxorako, azken asteetan iragarri duten pentsioen sistemaren aldaketaren eta lan erreformaren aurka. Salatu dute erakundeak "enpresarien zerbitzura" ari direla lanean, eta langileen interesak ez dituztela kontuan hartu. "Ez ditugu ataka gaiztoan utziko lehenago eskuratutako eskubide eta garaipen sozialak", ohartarazi du ELAko idazkari nagusi Adolfo Muñozek. Protesta ekitaldi nagusia datorren martxoaren 27an egingo dute, Hego Euskal Herriko lau hiriburuetan. Hura ez da, ordea, protesta bakarra izango. Martxoaren 2rako deitu dute lehenengo protestara. Egun horretan sindikatu deitzaileetako ordezkariek elkarretaratzea egingo dute Gasteizen. Hilaren 8an, berriz, emakumearen nazioarteko egunarekin batera, emakumeek lan arloan jasaten duten diskriminazioa salatuko dute. Hego Euskal Herriko lau hiriburuetan izango dira protestak. Protestetan parte hartzeko deia egin dute sindikatuek. "Langileen alde jartzea baztertu dute gobernuek, eta ez digute mobilizazioa beste biderik utzi", adierazi du LABeko idazkari nagusi Ainhoa Etxaidek. LABeko buruak gogorarazi du dagoeneko 131.894 langilek bat egin dutela sindikatu deitzaileek politika aldaketa eskatuz egindako dekalogoarekin.
2010/02/11
Condenados dos responsables de una empresa por la muerte de un trabajador
A cada uno de los acusados se le ha impuesto una pena de un año de prisión por homicidio imprudente y seis meses más otro delito contra el derecho de los trabajadores.
Los hechos que ahora han sido sentenciados por el Juzgado de lo Penal 1, ocurrieron sobre las ocho de la mañana del 16 de enero de 2007, en una empresa situada en el polígono industrial de Lezo.
Según la sentencia, el trabajador fallecido, F.J.I.A., se hallaba en una mandrinadora FB-125, con la que realizaba un orificio en una pieza metálica por medio del giro de una cuchilla. En un momento dado el operario sacó la herramienta del agujero realizado, y con el husillo aún girando, se acercó a la pieza, probablamente para comprobar el trabajo realizado, instante en que fue enganchado por la ropa.
La velocidad a la que giraba el husillo arrastró al trabajador y le volteó, golpeándole contra las partes fijas de la máquina. A consecuencia del suceso, el operario sufrió numerosas heridas, entre ellas múltiples amputaciones en extremidades que le produjeron la muerte casi inmediata.
Según la sentencia, el accidente se produjo porque la máquina carecía de los indispensables sistemas de protección. En este sentido, la magistrada autora de la sentencia precisa que la mandrinadora no estaba dotada de dispositivos adecuados para evitar que el trabajador resultase arrastrado por el husillo.
Máquina antigua
La máquina que al parecer tenía alrededor de cuarenta años de antigüedad, presentaba otras deficiencias graves. No estaba adaptada a la normativa vigente y carecía de un mecanismo de frenado eficaz que parase el husillo en un determinado número de vueltas.
La sentencia detalla del mismo modo que la inspección de trabajo efectuada con posterioridad al siniestro desveló que una segunda mandrinadora, modelo FB-90, adolecía de las mismas deficiencias que la anterior.
La resolución judicial destaca que la evaluación de contingencias laborales de la empresa no contemplaba de forma correcta los riesgos existentes en realación a las mandrinadoras, "ya que no preveía medidas de protección para las mismas, salvo la de llevar ropa adecuada, al considerar que no se podían proteger". En este sentido, la juez aprecia que el holgado jersey que la víctima vestía pudo favorecer el atrapamiento".
La sentencia concluye que los dos acusados, "conocían perfectamente las condiciones en que se encontraban dichas máquinas y, por lo tanto, que no eran seguras, pese a lo cual permitían que los trabajadores las utilizasen, poniendo en grave riesgo su vida e integridad física, riesgo que se materializó en el accidente que provocó el fallecimiento".
El fallecido ostentaba la categoría de oficial de primera y aunque tenía participaciones en la empresa carecía de poder de decisión.
08/02/2010
Los hechos que ahora han sido sentenciados por el Juzgado de lo Penal 1, ocurrieron sobre las ocho de la mañana del 16 de enero de 2007, en una empresa situada en el polígono industrial de Lezo.
Según la sentencia, el trabajador fallecido, F.J.I.A., se hallaba en una mandrinadora FB-125, con la que realizaba un orificio en una pieza metálica por medio del giro de una cuchilla. En un momento dado el operario sacó la herramienta del agujero realizado, y con el husillo aún girando, se acercó a la pieza, probablamente para comprobar el trabajo realizado, instante en que fue enganchado por la ropa.
La velocidad a la que giraba el husillo arrastró al trabajador y le volteó, golpeándole contra las partes fijas de la máquina. A consecuencia del suceso, el operario sufrió numerosas heridas, entre ellas múltiples amputaciones en extremidades que le produjeron la muerte casi inmediata.
Según la sentencia, el accidente se produjo porque la máquina carecía de los indispensables sistemas de protección. En este sentido, la magistrada autora de la sentencia precisa que la mandrinadora no estaba dotada de dispositivos adecuados para evitar que el trabajador resultase arrastrado por el husillo.
Máquina antigua
La máquina que al parecer tenía alrededor de cuarenta años de antigüedad, presentaba otras deficiencias graves. No estaba adaptada a la normativa vigente y carecía de un mecanismo de frenado eficaz que parase el husillo en un determinado número de vueltas.
La sentencia detalla del mismo modo que la inspección de trabajo efectuada con posterioridad al siniestro desveló que una segunda mandrinadora, modelo FB-90, adolecía de las mismas deficiencias que la anterior.
La resolución judicial destaca que la evaluación de contingencias laborales de la empresa no contemplaba de forma correcta los riesgos existentes en realación a las mandrinadoras, "ya que no preveía medidas de protección para las mismas, salvo la de llevar ropa adecuada, al considerar que no se podían proteger". En este sentido, la juez aprecia que el holgado jersey que la víctima vestía pudo favorecer el atrapamiento".
La sentencia concluye que los dos acusados, "conocían perfectamente las condiciones en que se encontraban dichas máquinas y, por lo tanto, que no eran seguras, pese a lo cual permitían que los trabajadores las utilizasen, poniendo en grave riesgo su vida e integridad física, riesgo que se materializó en el accidente que provocó el fallecimiento".
El fallecido ostentaba la categoría de oficial de primera y aunque tenía participaciones en la empresa carecía de poder de decisión.
08/02/2010
2010/02/07
2010/01/22
2010/01/14
2010eko soldata igoera
Guztiok dakizuen bezala, enpresako lan hitzarmenak 2010erako ezartzen duen soldata igoera, 2009 Estatuko KPI Erreala+ % 1’3 da. 2009ko KPIa %8an geratu denez, aplikatu beharreko soldata igoera %2’1 izango da.Gogoratu bigarren ERErako egin genuen akordio markoan, zeinetan EREaren baldintzak, enplegua mantentzea etab aipatzen ziren, urteko bigarren seihilabetekora atzeratzen zela soldata igoeraren aplikazioa adostu genuen. Beraz, uztailean soldata igoera aplikatu eta 2010eko lehenengo seihilabeteko atzerapenak ordainduko dizkigute.
Gogoratu era berean, lehen 70a kobratzen zuten horientzako, produkzioko primaren ekiparazioaren azken tramoa aurten egin behar dela. Hau ez da atzeratzen, eta kolektibo honek produkzioko prima osoa kobratuko du urtarriletik aurrera.
2010/01/11
2010/01/04
2009/12/19
2009/12/17
2009/12/15
2009/12/11
PENTSIODUNAK eta HELDUAK
LABen alternatiba gizarte segurantza sistema propio baterako
Pentsiodunen arlotik egungo pentsio sistemen aurrean LAB sindikatuak gizarte segurantza propioa osatzeko proposatzen duen alterantiba aurkeztu du
2009/11/18
2009/11/17
2009/11/11
2009/10/29
2009/10/21
2009/10/20
2009/10/18
2009/10/14
2009/10/09
2009/10/05
2009/10/01
2009/09/30
2009/09/24
2009/09/18
2009/08/30
2009/07/15
2009/06/25
2009/06/16
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